Una marca es un signo que permite diferenciar los productos o servicios de una persona o empresa de aquellos que son sus competidores.
Paso 1
Estudio de Factibilidad de Registro de Marca
Reporte que incluye una búsqueda de marcas similares e idénticas, además de la opinión experta de nuestros abogados acerca de las probabilidades de éxito de su registro de marca. El Estudio de Factibilidad es opcional pero altamente recomendable pues permite descartar de antemano posibles objeciones a su marca.
Paso 2
Solicitud de Registro de Marca
Presentación y tramitación de la Solicitud de Registro de Marca ante la Oficina de Marcas de Perú, de acuerdo a los procedimientos y requerimientos legales del país, con el fin de obtener la titularidad de la marca. Una vez presentada la marca se enviará copia escaneada de la solicitud presentada.
La solicitud debe realizarse cumpliendo con las formalidades legales respectivas. Junto a esto, deberá acreditarse el pago de las tasas respectivas, y de ser aplicable, señalar la prioridad que se reivindica mediante la presentación de una fotocopia de la solicitud cuya prioridad se invoca, certificada por la autoridad competente, y traducida al español, en su caso.
Examen de forma
Se realiza dentro de los quince días posteriores a la fecha de presentación de la solicitud de marca. Si la solicitud cumple con los requisitos formales respectivos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud, la de su recepción por la oficina nacional competente.
En caso de presentar errores u omisiones, el solicitante deberá subsanarlos, teniendo para esto un plazo de sesenta días. En caso de no enmendarse estos errores en el plazo señalado, la solicitud de marca se entenderá abandonada.
Si se cumple con el requerimiento de subsanar tales omisiones dentro del plazo legal establecido para ello, se considerará como fecha de presentación de la solicitud, aquella en la cual han quedado subsanados dichos errores.
Publicación
Una vez que se han cumplido los requisitos formales de la solicitud presentada, la Dirección ordenará la publicación de la misma.
El plazo para efectuar la publicación es de treinta días hábiles, contado desde el día siguiente de notificada la orden de publicación. En caso de no efectuarse la publicación en este plazo, la solicitud de marca se entenderá abandonada.
Oposición
Dentro de los treinta días siguientes a la fecha de publicación de la solicitud, quien tenga legítimo interés podrá formular oposición, la cual deberá cumplir con los requisitos legales que para este trámite ha establecido la ley. A solicitud de parte, la oficina nacional competente otorgará, por una sola vez un plazo adicional de treinta días para presentar las pruebas que sustenten la oposición.
El solicitante tendrá un plazo de treinta días para responder de esta oposición. A solicitud de parte, la oficina nacional competente otorgará, por una sola vez, un plazo adicional de treinta días para presentar las pruebas que sustenten la contestación.
Resolución
Si no se hubieren presentado oposiciones, o si ya venció el plazo para contestar las oposiciones formuladas, se examinará si el signo solicitado a registro reúne los requisitos de registrabilidad establecidos por la ley.
En caso que se hubiesen presentado oposiciones, la oficina nacional competente se pronunciará sobre éstas y sobre la concesión o denegatoria del registro de la marca mediante resolución.
Paso 3
Título Marca Registrada
Obtención del Título de Registro de Marcas, el cual acredita la posesión de ésta. El servicio incluye también la Vigilancia de la Marca durante su vigencia, lo que ayuda a prevenir que terceras personas soliciten la misma marca o una marca similar.
Si este es su caso, consúltenos que le responderemos rápida y efectivamente!
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